Agrimensores Argentinos
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

vigencia de los estados parcelarios

2 participantes

Ir abajo

vigencia de los estados parcelarios Empty vigencia de los estados parcelarios

Mensaje por ZyA Vie Jul 14, 2017 8:06 pm

Hola! Estoy intentando hacer un ayudamemoria de los diferentes casos que pueden tocarme, ya que a veces me confundo, o tengo que pensar mucho si corresponde hacer o no estado parcelario (A), verificación (B) o actualización de valuación (C)
Mi mayor confusión surge de una publicación en la pagina del Colegio de Escribanos (https://www.colegio-escribanos.org.ar/index.php/2016/03/15/arba-constitucion-de-estado-parcelario-principales-aspectos-de-la-disp-611715/) donde dice "Para el caso de los pedidos de certificados catastrales de unidades en edificios cuyos planos se hubieren aprobado con posterioridad al año 1994, continuará sin exigirse ni la constitución de un nuevo Estado Parcelario, ni la verificación de su subsistencia, en los términos de la Resolución Normativa Nº 22/2012." Entiendo que a partir del año 1994 se comenzaron a confeccionar las nuevas cédulas, pero NO ENCUENTRO mención alguna de la no exigencia de EP en la normativa que cita...

Obviamente acepto más comentarios sobre este tema, y seguramente seguiré consultando, por el momento quiero tener en claro qué hacer cuando me preguntan si lleva EP o no una UF con plano aprobado luego de 1994.
Gracias!!

ZyA

Mensajes : 2
Fecha de inscripción : 06/07/2017
Edad : 40
Localización : Zona Norte Buenos Aires

Volver arriba Ir abajo

vigencia de los estados parcelarios Empty Re: vigencia de los estados parcelarios

Mensaje por Martin2360 Dom Jul 23, 2017 10:14 pm

Esta la explicación que copié de un colega en su momento:
Colegas, envio algunas consideraciones con respecto a los EP en el marco de la  Dispo 6117/15.
1.- En los planos aprobados antes del año 1993 que no fueron registrados, hay que  hacer la CEP en todos los casos (Cedula y DDJJ)
Lo importante es que si no hay ninguna modificación ni ampliación NO se debe confeccionar la DDJJ. Solo debe hacerse la cédula y el A-901 aclarando en observaciones que no existen modificaciones en las características constructivas (tildes) ni ampliaciones que declarar.
En estos casos el Certificado se despacha al toque.
Si se hace la DDJJ aunque no haya modificaciones, la toman igual, pero antes de despachar el Certificado, mandan la CEP a PH para que se abra todo el PH.
Y ahí es donde se generan demoras.


2.-En los planos posteriores, es decir los que están registrados, cuando corresponda hacer la CEP o la Verificaci subsistencia (form. B), hay que hacer lo mismo con respecto a los reval
En todos los casos, si no hay modificaciones en los tildes ni hay ampliaciones no hay que hacer el 903, solo la cédula y el A-901 con la aclaración de que no hay modificaciones en las características constructivas (tildes) ni ampliaciones que declarar.

Si hubiera modificaciones en las características constructivas que implique el reciclado de la subparcela, entonces sí se deberá confeccionar el formulario de revalúo.

Si hubiera ampliaciones se deberá confeccionar el form. de revalúo solo por la ampliación.

Si hubiera demoliciones parciales se deber confeccionar el formulario de revalúo por lo que queda de la subparcela.

Martin2360
Admin

Mensajes : 10
Fecha de inscripción : 05/07/2017
Edad : 39
Localización : Lomas de Zamora, BA

https://agrimensores.activo.mx

Volver arriba Ir abajo

vigencia de los estados parcelarios Empty Re: vigencia de los estados parcelarios

Mensaje por ZyA Lun Jul 31, 2017 7:17 pm

Hola! Gracias por la respuesta, me ayuda bastante!!
Sigo consultando si me surgen más dudas.
Abrazo

ZyA

Mensajes : 2
Fecha de inscripción : 06/07/2017
Edad : 40
Localización : Zona Norte Buenos Aires

Volver arriba Ir abajo

vigencia de los estados parcelarios Empty Re: vigencia de los estados parcelarios

Mensaje por Contenido patrocinado


Contenido patrocinado


Volver arriba Ir abajo

Volver arriba


 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.